Calendario Fiscal 2010

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Calendario Fiscal 2010


Datos de pagament
Conceptos que recapta el ORGT por delegación del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès
05.03.2010 a 05.05.2010
  • IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA 
    Para recibos domiciliados se realizarán dos cargos, los días 03.05.2010 y 01.09.2010
  • 30.04.2010 a 01.07.2010
  • IMPUESTO SOBRE BIENES IMMUEBLES URBANOS
    Para recibos domiciladors se realizarán dos cargos, los días 01.07.2010 y 02.11.2010
  • TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS
  • TASA SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL
  • TASA PEO ENTRADA DE VEHÍCULOS - VADOS
  • 03.09.2010 a 04.11.2010
  • IMPUESTO SOBRE BIENES IMMUEBLES RÚSTICOS
  • IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
  • TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS COMERCIALES

  • * Considerad únicamente los recibos que os afectan en vuestro caso. Si tenéis los recibos domiciliados, se os cargarán en cuenta durante los últimos días del plazo de pago.

    Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (recibos domiciliados)
    1r. plazo: 3 de mayo de 2010
    2o. plazo: 1 de septiembre de 2010

    Impuesto sobre bienes immuebles de naturaleza urbana (recibos domiciliados):
    1r. plazo: 1 de julio de 2010
    2o. plazo: 2 de noviembre de 2010


    Bonificacions
    Consultad las condiciones de las bonificaciones a las diferentes ordenanzas.
    El Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès congela los impuestos y tasas municipales para el año 2010, como medida de respuesta a la situación económica actual y con el objectivo de no incrementar la presión económica a las familias.
    Además del mantenimiento de precios, se han introducido varias bonificaciones y exenciones que tienen en cuenta las posibilidades económicas de los contribuyentes y que se ajustan a los principios de suficiencia económica y de equidad fiscal. El Ayuntamiento de
    de Vilafranca ha trabajado para atender las necesidades de los colectivos más desfavorecidos y dar prioridad a diferentes valores como la promoción de actitudes de respeto por el medio ambiente, la creación de actividad económica o el apoyo a las familias. 
    Podéis consultar aquí las condiciones i cuantía de las diferentes bonificaciones establecidas.


    IMPUESTOS MUNICIPALES MÁS HABITUALES
    IBI (impuesto sobre bienes immuebles)
    Hay que pagar este impuesto cada año si se es propietario de un immueble a 1 de enero. En caso de transmisión, el nuevo propietario debe pagarlo a partir del año siguiente.

    IVTM (Impueto sobre vehículos de tracción mecánica)
    Si se es propietario de un vehículo dado de alta (coche, moto, tractor...) hay que pagar este impuesto al Ayuntamiento del domicilio que conste en el permiso de circulación del vehículo.

    IVTNU (Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana)
    Hay que presentar la declaración y pagar el impuesto si se vende un piso, un local o un terreno, o bien si se adquiere mediante donación o sucesión.

    Impuesto sobre actividades económicas
    Deben presentar declaración del impuesto todas las entidades que ejercen una actividad económica y han obtenido un importe neto de su cifra de negocios igual o superior a 1.000.000 d'euros durante el penúltimo ejercicio anterior al de la meritación del impuesto.

    Otros conceptos
    Tambíén se deben pagar tasas o precios públicos si os beneficiáis del dominio público o de un servicio que presti el Ayuntamiento (recogida y tratamiento de residuos, entrada de vehículos, servicio de cementerio).

    DOMICILIACIÓN Y ALERTAS
    Domiciliación bancaria
    Con la domiciliación bancaria se os cargará el importe en cuenta durante los últimos días del plazo de pago y evitaréis desplazamientos y tiempo para pagar, así como la posibilidad de recargos por pagos fuera de plazo.

    Alertas por SMS y correo electrònico
    Si tenéis domiciliado el pago de vuestros recibos podéis solicitar el servicio de alertas de domiciliados y de finalización voluntaria. Por cada recibo domiciliado recibiréis, con días de antelación, un aviso por sms y/o correoe electrónico con la información del cargo que se os hará en la cuenta bancaria. 
    También os avisaremos si está a punto de finalizar el plazo de pago en caso de recibos pendientes no domiciliados.
    Este servicio es gratuito y sólo requiere tener domiciliado un recibo, preferiblemente el IBI.

    Más información en la página web del ORGT http://www.orgt.diba.cat o en el teléfono 900.715.017.


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    Última actualització: 10/02/2010